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Tramitación de la ayuda

Propuesta de resolución provisional

Habiéndose recibido en el Ministerio de Economía y Competitividad su solicitud de ayudas, y realizada la publicación de la Propuesta de Resolución provisional en la Sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, el día 26 de junio de 2014, se les informa que, conforme a lo dispuesto en la Propuesta referida, a través de la Carpeta Virtual de Expedientes podrán:

  • Formular alegaciones en el plazo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en la sede electrónica.
  • Las entidades propuestas para subvención, deberán en dicho  plazo de 10 días hábiles aceptar la ayuda, aportando para ello la siguiente documentación:
  1. Copia de los datos de una cuenta bancaria reconocida en el Tesoro donde realizar el pago de la ayuda. En caso de que no la tuviera, copia de la solicitud de alta en el Servicio de Terceros de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para empresas radicadas en Madrid, o en los de las Delegaciones de Hacienda provinciales en el resto de casos
  2. En el supuesto de que la entidad solicitante no hubiera autorizado al órgano concedente para obtener los certificados telemáticos que acrediten el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, deberán aportarse las certificaciones administrativas positivas correspondientes expedidas por los órganos competentes.
  3. Las entidades del País Vasco y Navarra deberán acreditar, en cualquier caso, estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Foral.
  4. La declaración responsable para la acreditación del cumplimiento de hallarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones, préstamos y/o anticipos reembolsables de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Real Decreto 887/2006.
  5.  Declaración responsable de no haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, no estar sujetos a intervención judicial o no haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

La fecha fin para poder presentar las alegaciones referidas y/o la documentación indicada será el día 8 de julio de 2014, y se realizará obligatoriamente a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (CVE) Facilita, y por el representante legal con poderes vigentes de representación.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 20 y 21 de la Convocatoria, se entenderá otorgada la aceptación de la ayuda del interesado, si en el citado plazo de diez días no se presenta alegaciones.

Pero si no aportase la documentación requerida en esta propuesta de resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la convocatoria, se le tendrá por desistido, previa resolución.

Así mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Convocatoria, se informa de que en el caso de que no se presenten alegaciones, la presente propuesta provisional se considerará propuesta definitiva.  

De todo ello se informa para mayor claridad, sin perjuicio de la aplicación completa de las disposiciones establecidas en la Propuesta Provisional que se haya publicada, y deberá consultarse para mayor información.

Resolución de concesión

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