Proyectos de I+D+i en líneas estratégicas, en colaboración público-privada 2021

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Tramitación de la ayuda

Publicada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación la Orden por la que se se corrige la Orden de 1 de diciembre de 2021.

Publicada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación la Orden por la que se resuelve el procedimiento de concesión de ayudas a la convocatoria correspondiente al año 2021 de Proyectos de I+D+i en Líneas Estratégicas en Colaboración Público-Privada.

Publicada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación la Propuesta de Resolución Definitiva del procedimiento de concesión de ayudas a la convocatoria correspondiente al año 2021 de Proyectos de I+D+i en Líneas Estratégicas en Colaboración Público-Privada.

Las entidades solicitantes que, tras el trámite de alegaciones hubiesen sido propuestas para su financiación, dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en la sede electrónica de esta propuesta de resolución definitiva, para manifestar su aceptación o desistimiento de la ayuda propuesta a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-FACILIT@.

Cuando sea de aplicación lo establecido en el artículo 13.2 de las bases reguladoras, deberá presentarse, en el plazo de 15 días naturales desde el día siguiente al de la publicación de la presente propuesta de resolución en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación, el resguardo de constitución de la garantía conforme a lo dispuesto en el artículo 10, apartado 8 y siguientes, de la resolución de convocatoria. Las garantías deberán constituirse a nombre del Ministerio de Ciencia e Innovación, con NIF: S2801395A como garantía definitiva, siendo de aplicación la ley 38/2003, 17-11 General de Subvenciones, con código 0260 y haciendo constar el expediente de referencia y la entidad a la que se le ha concedido la ayuda. No se admitirá la garantía, sólo el resguardo de constitución ante la Caja General de Depósitos.

Publicada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación la Propuesta de Resolución Provisional del procedimiento de concesión de ayudas a la convocatoria correspondiente al año 2021 de Proyectos de I+D+i en Líneas Estratégicas en Colaboración Público-Privada.

05/08/2021 - Publicada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación orden que incluye el listado de solicitudes excluidas de la convocatoria correspondiente al año 2021, para la concesión de las ayudas a proyectos de I+D+i en líneas estratégicas, en colaboración público-privada.

Publicada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación la Orden por la que se resuelve el procedimiento de concesión de ayudas a la convocatoria correspondiente al año 2021 de Proyectos de I+D+i en Líneas Estratégicas en Colaboración Público-Privada

19/07/2021- Publicada Propuesta de solicitudes a excluir cumplimiento del principio DNSH

05/07/2021- Publicada Propuesta de solicitudes a excluir

09/06/2021 - Publicado el requerimiento de subsanación

Información relacionada
Preguntas frecuentes (pdf 0,78 MB)

Plazo de solicitudes: del 27 de abril al 18 de mayo de 2021 a las 14.00 horas (peninsular), ambos inclusive.

La cumplimentación y presentación de la solicitud de ayudas, así como de toda la documentación requerida, se realizará obligatoriamente a través de los medios  electrónicos habilitados en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación, donde estará disponible la aplicación para cumplimentar la solicitud de ayuda al iniciarse el plazo de presentación de la misma.

Con carácter previo a la presentación de la solicitud de ayuda, todas las entidades que participen en el proyecto deberán, si no lo han hecho en anteriores convocatorias, darse de alta en el Sistema de Entidades del Ministerio de Ciencia e Innovación.

La presentación efectiva de la solicitud se realizará por medio del registro electrónico del Ministerio de Ciencia e Innovación, disponible en su sede electrónica, utilizándose un sistema de firma electrónica avanzada. El certificado de firma electrónica deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 4.5 de la orden de convocatoria. La persona que represente legalmente a la entidad firmante deberá disponer de poderes suficientes de representación de la entidad en el ámbito de esta convocatoria.

Lea detenidamente el manual de usuario para aclarar las dudas que le puedan surgir en el transcurso de la solicitud.