Subprograma Personal Técnico de Apoyo (PTA) 2007

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Justificación

Instrucciones seguimiento científico. Modelos de informes

Presentación de los informes de seguimiento científico-técnico

Para el seguimiento científico-técnico del trabajo realizado por el personal contratado con las ayudas de este Subprograma y de acuerdo con las distintas órdenes y resoluciones de convocatoria se han de elaborar los correspondientes informes de seguimiento o final, utilizando los modelos que hay en Información relacionada al final de esta página.

El envío de dichos informes se ha de realizar desde la aplicación telemática que se encuentra en esta página web, por lo que no debe enviarse el informe impreso. El plazo para efectuarlo comenzará, para cada ayuda, un mes antes de lo establecido en las resoluciones de convocatoria, iniciándose su cómputo desde la incorporación efectiva del contratado al Centro de I+D. En este periodo la aplicación telemática permitirá realizarlo e indicará que el plazo está abierto.

Instrucciones

Las instrucciones detalladas para su utilización se encuentran en el manual disponible en el acceso a la aplicación telemática y se pueden resumir en los siguientes pasos:

Técnicos:

  • Registro del técnico (si no lo ha hecho para justificar otra ayuda anteriormente) y activación del acceso
  • Seleccionar el Subprograma y la ayuda, actualizar datos, adjuntar el fichero correspondiente al modelo de informe de seguimiento o final cumplimentado y envío telemático
  • Generar la hoja resumen, que se ha de firmar y entregar en el Centro de I+D beneficiario de la ayuda

Centros de I+D:

  • Recepción de la hoja resumen firmada de los técnicos, que se quedará el propio Centro, no siendo necesario su envío al Ministerio
  • Acceso a la aplicación con el usuario y clave utilizados para anteriores justificaciones de otras ayudas o nuevo registro
  • Validación y envío telemático mediante la aplicación (se puede hacer la justificación conjunta de varios técnicos)
  • Generar el impreso de justificación, y remitirlo con la firma de conformidad del representante legal

Los impresos de justificación de los Centros deben dirigirse a la Subdirección General de Recursos Humanos para la Investigación del Ministerio de Economía y Competitividad (C/ Albacete, 5. Planta 6ª. Sur 28071 Madrid.) antes de que finalice el plazo establecido en las resoluciones de convocatoria.

Nota: A partir del día uno de mayo de 2012 la justificación científico-técnica de la convocatoria 2010 y posteriores será necesario finalizarla mediante el registro telemático con firma electrónica del representante legal (pueden firmar electrónicamente los mismos representantes legales que venían firmando hasta ahora los impresos de justificación científica). Por este motivo, en dichas convocatorias, no habrá que presentar los impresos de justificación de los Centros en un registro presencial, ni tampoco remitirlos al Ministerio.

Información relacionada

Instrucciones justificación económica

Justificación económica de gastos Subprograma Personal Técnico de Apoyo

A las entidades beneficiarias de ayudas del Subprograma Personal Técnico de Apoyo les será requerida la cuenta justificativa de los gastos realizados, que contendrá:

  • Fichas justificativas normalizadas, donde se recoge mediante relación detallada la descripción del gasto realizado (retribución y cuota empresarial de la Seguridad Social), su importe, justificante del gasto y de su pago, fecha de los mismos, etc. Se utilizarán los campos de recogida de datos y fichas normalizadas que se encuentran disponibles en la página Web del Ministerio de Ciencia e Innovación (los documentos acreditativos del gasto y del pago quedarán en poder de los beneficiarios, a disposición de los órganos de comprobación y control).
  • En su caso, relación detallada de otros ingresos o ayudas percibidas que hayan financiado la actividad incentivada, con indicación de su importe y procedencia.
  • En su caso, acreditación del reintegro de remanentes no aplicados.

Plazo de presentación

La cuenta justificativa de gastos se presentará, con carácter anual, antes del 1 de marzo de cada año, con los gastos efectuados hasta el 31 de diciembre del año anterior.

Justificación telemática

Para la justificación telemática de las ayudas concedidas por este Ministerio, los beneficiarios tienen disponible una aplicación que permitirá introducir los gastos de la ejecución de la ayuda. (Ver Justificación Telemática en el pie de página)

Remisión de la documentación

La cuenta justificativa de gastos, firmada por el representante legal de la entidad, debe ser remitida a:

Subdirección General de Gestión Económica y Presupuestaria  Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i  Ministerio de Ciencia e Innovación  C/ Ramírez de Arellano, 29. 28071 Madrid

Revisión de la cuenta justificativa de gastos

La comprobación formal para la liquidación de la subvención se realizará de modo exhaustivo sobre las cuentas justificativas presentadas, y las facturas o documentos de valor probatorio análogo que sustenten dichos informes serán objeto de comprobación en los cuatro años siguientes sobre la base de una muestra representativa. Para ello, la Dirección General de Programas y Transferencia de Conocimiento podrá requerir a los beneficiarios la remisión de los justificantes que compongan dicha muestra, así como realizar las visitas de control correspondientes.

El beneficiario estará sometido a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Dirección General de Programas y Transferencia de Conocimiento, la Intervención General de la Administración del Estado, el Tribunal de Cuentas, y los organismos que procedan según la normativa relativa a la gestión de las ayudas financiadas con los fondos estructurales de la Unión Europea, o cualquier otra normativa aplicable.

Los beneficiarios deberán disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos en los términos exigidos por la legislación aplicable al beneficiario, así como de las facturas y demás justificantes de gasto de valor probatorio equivalente y los correspondientes justificantes de pago. Este conjunto de documentos constituye el soporte justificativo de la subvención concedida, y garantiza su adecuado reflejo en la contabilidad del beneficiario.