Ayudas para contratos predoctorales Severo Ochoa para la formación de doctores 2013

Itzuli deira

Tramitación de la ayuda

 

Características de las ayudas

La convocatoria otorga ayudas para posibilitar la formación de doctores en los Centros o Unidades de Excelencia acreditados como tales.

La formación se desarrollará bajo un “Contrato predoctoral”, establecido en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, al que podrán optar aquellas personas que en el momento de la solicitud se encuentren en disposición de estar matriculadas o admitidas en un programa de doctorado.

La duración de las ayudas será de 4 años.

Primeros pasos antes de realizar la solicitud

La cumplimentación y presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad

Salvo que ya estuviera inscrito anteriormente, es necesario que, con carácter previo a la presentación de la solicitud, el candidato solicitante se inscriba en el Registro Unificado de Solicitantes del Ministerio de Economía y Competitividad (en el apartado «Registro del Investigador»), donde deberá identificarse y definir su nombre de usuario y palabra clave.

Documentación a presentar en la solicitud 2013

Cada solicitante únicamente podrá presentar una solicitud para un solo Centro de excelencia Severo Ochoa. Puede consultar la relación de Centros de excelencia Severo Ochoa en el listado que figura en el epígrafe “Tramitación de la ayuda”.

El candidato deberá cumplimentar su solicitud, vía telemática, mediante una aplicación a la cual podrá acceder a través del vínculo que figura bajo el epígrafe “Tramitación de la ayuda”.

Antes de finalizar su solicitud, deberá adjuntar, siguiendo los medios telemáticos habilitados al efecto, la siguiente documentación:  

  • Copia del pasaporte en vigor (únicamente en el caso de los ciudadanos extranjeros no residentes en territorio español).
  • Curriculum vitae actualizado (en lengua española o inglesa)
  • Certificado académico correspondiente a la titulación o titulaciones (licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado, máster) que permita el acceso al programa de doctorado, en el que deberá figurar el sello de la universidad que lo expide, la fecha en la que se han finalizado los estudios y las materias que constituyen el programa completo de la titulación o titulaciones indicadas, así como las calificaciones obtenidas y fechas de obtención de las mismas. En caso de que dicho certificado no esté en lengua española, inglesa o francesa, deberá aportar una traducción del mismo a uno de dichos idiomas.
  • Es recomendable adjuntar un comprobante, en su caso, de estar matriculado o haber sido admitido en un programa de doctorado, o, al menos, de haber solicitado la admisión.
  • En el caso de que se acoja a alguna de las excepciones que prevé la convocatoria en cuanto a la fecha de terminación de sus estudios, un documento que acredite dicha excepción.

 

Presentación de solicitudes

La convocatoria 2013 de ayudas para contratos predoctorales Severo Ochoa, para la formación de doctores, se publicó en el BOE del 24 de octubre de 2013.

El plazo para la presentación de solicitudes por parte de los candidatos a la contratación comenzará del 24 de octubre a las 00:00 horas y finalizará el 31 de octubre de 2013 a las 15:00 horas (hora peninsular), según la hora oficial de la sede de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.

La presentación de solicitudes se realiza mediante firma electrónica, o bien mediante la presentación de la documentación física en una oficina válida de registro. Todo ello debe realizarse en el plazo señalado.

Recuerde que antes de presentar su solicitud debe estar inscrito en el Registro Unificado de Solicitantes.

Subsanación de solicitudes

Una vez revisadas las solicitudes, se publica la relación de los candidatos que deben subsanar su solicitud.

En el anexo de la resolución se detalla, para cada uno de ellos, la falta o error a subsanar.

En la parte superior de este apartado podrá consultar el listado de solicitudes completas.

La subsanación debe realizarse, a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@), ubicada en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en un plazo de 10 días desde día siguiente de su publicación en la sede. De no realizarse en dicho plazo se considerará desistida la solicitud.

Aquellos candidatos que deban aportar un certificado, expedido por la Universidad española, de que cumplen los requisitos para acceder a un programa de doctorado, podrán encontrar un modelo en este apartado.

Recuerde que además de incluir los documentos a través de la Carpeta Virtual de Expedientes debe presentarlos mediante firma electrónica o bien presentar los originales, o fotocopias compulsadas, o, alternativamente, el “resguardo” (documento: Declaración) que se descarga de la Carpeta Virtual una vez finalizado el proceso de adjuntar los documentos - paso 3-, en el que deberá estampar su firma original, en la forma indicada en el apartado “preguntas administrativas”, en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, preferentemente en la de la sede de la Secretaría de Estado se Investigación, Desarrollo e Innovación, en la calle Albacete, 5. 28027 Madrid.

El plazo de subsanación finaliza el día 19 de noviembre de 2013.

Propuesta de resolución provisional

Una vez realizada la evaluación científico técnica de las solicitudes de los candidatos, y reunida la  comisión de evaluación, se publica la propuesta de resolución provisional, en la que se detallan las ayudas propuestas para su concesión a los centros/unidades de excelencia Severo Ochoa, y, para cada una de ellas, los candidatos a contratar, así como la lista de candidatos de reserva.

Las entidades incluidas en la propuesta resolución provisional disponen de un plazo de 10 días para manifestar su aceptación o formular las alegaciones que estimen oportunas.

Las entidades que comuniquen la aceptación de la ayuda deberán presentar, al mismo tiempo, declaración responsable de cumplir los requisitos del artículo 3.a) de la Orden de Bases Reguladoras y de tener una contabilidad separada para las actividades económicas y no económicas, así como de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y de no encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Se utilizarán los modelos disponibles en esta página web.

Tanto la aceptación, como la presentación de las mencionadas declaraciones responsables o la formulación de alegaciones deben realizarse a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@), ubicada en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.

Resolución de Concesión 2013

Primera resolución de concesión (fecha de publicación: 11 de diciembre de 2013)

En cumplimiento con el artículo 21.4 de la convocatoria, se publica en la sede electrónica la Resolución de concesión de ayudas para contratos predoctorales “Severo Ochoa” para la formación de doctores, en la que se detallan las ayudas concedidas a los centros/unidades de excelencia Severo Ochoa, y, en cada una de ellas, los candidatos a contratar, así como la lista de candidatos de reserva (ver información relacionada).

Modificaciones de la resolución de concesión

Una vez realizadas las sustituciones autorizadas mediante sucesivas modificaciones de la resolución de concesión de 11 de diciembre de 2013, se recopila en un solo documento toda la información sobre los contratos PREDOC que finalmente son objeto de ayuda. Dicho documento se publica en la sede electrónica.

Contratación e Incorporación del personal investigador en formación

Los Centros/Unidades de excelencia Severo Ochoa disponen de un plazo de 4 meses desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión (publicada el día 11 de diciembre de 2013) para formalizar los contratos con el personal investigador en formación.

En casos excepcionales y debidamente acreditados, los centros beneficiarios podrán solicitar, a más tardar el 10 de abril de 2014, una ampliación del plazo para la formalización de los contratos de hasta 2 meses más. No obstante, tenga en cuenta que dicha ampliación debe ser autorizada para que tenga efecto, por lo que se recomienda no agotar el plazo.

El personal investigador en formación contratado deberá incorporarse al centro de adscripción, y siempre de acuerdo con éste, en un plazo máximo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la formalización del contrato.

Excepcionalmente, en los casos en que sea necesario un plazo de tiempo mayor para la incorporación, y así se solicite, el órgano concedente podrá conceder una ampliación del plazo de incorporación.

Renuncias e incorporación de reservas

Los candidatos seleccionados podrán sustituirse por candidatos de reserva en los siguientes casos:

  • Cuando el candidato seleccionado renuncie antes de la celebración del contrato. La sustitución podrá llevarse a cabo dentro del plazo establecido para la formalización del contrato.
  • Cuando se haya agotado el plazo determinado en el contrato, o en sus adendas, para la incorporación del candidato sin que éste se hubiera incorporado. La sustitución podrá llevarse a cabo dentro del mes siguiente a la fecha en que termine el plazo consignado en el contrato.

Para la sustitución de los candidatos por los de reserva, los centros de excelencia seguirán el siguiente procedimiento:

1º) El Centro/Unidad deberá invitar al candidato de reserva situado en el primer lugar de la lista, para su incorporación.

2º) Si la vacante no pudiera ser cubierta por el primer reserva, podrán requerir al siguiente o siguientes reservas de la ayuda, respetando el orden de prelación de los mismos, siempre que conste por escrito la renuncia del candidato o candidatos precedentes en la lista de reserva o, al menos, que el beneficiario les ha ofertado el contrato sin que hubiera contestación por parte de éstos en un plazo de 10 días naturales.

3º) Una vez que se haya obtenido la aceptación del primer candidato de reserva posible,  se deberá solicitar al órgano concedente la modificación de la resolución de concesión, adjuntando la documentación acreditativa del proceso seguido, a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@), ubicada en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la convocatoria.