Subprograma Ramón y Cajal (RYC) 2011

Itzuli deira

Justificación

Acceso a la Justificación Telemática

Seguimiento científico. Modelos de informes

Seguimiento. Aplicación de justificación

Presentación del informe de seguimiento científico-técnico:

Para el seguimiento científico-técnico del trabajo realizado por el personal contratado con las ayudas de este Subprograma y de acuerdo con las distintas órdenes y resoluciones de convocatoria se han de elaborar dos informes en segunda y cuarta anualidad de contrato, utilizando los modelos que hay en Información relacionada al final de esta página.

El envío de dichos informes de seguimiento, y del curriculum vitae para aquellos investigadores de cuarta anualidad que solicitan una evaluación a efectos del Programa I3, se ha de realizar desde  la aplicación telemática que se encuentra en esta página web, por lo que no debe enviarse el informe impreso.

Se recomienda la utilización del curriculum vitae normalizado (CVN), que establece un formato normalizado en soporte digital que permite al investigador y a las instituciones mantener e intercambiar información científica curricular. Es un formato que unifica la presentación de los datos del investigador para todas las convocatorias del Plan Nacional y autonómicas. En caso de no usar este modelo, se puede utilizar el modelo convencional de curriculum vitae  que se encuentra disponible en esta página web.

El plazo para la presentación de los informes es el establecido en las diferentes resoluciones de convocatoria.

Instrucciones:

Las instrucciones detalladas para su utilización se encuentran en el manual que se adjunta en esta página y se pueden resumir en los siguientes pasos:

Investigadores

  • Registro del investigador (si no lo ha hecho para justificar otra ayuda anteriormente) y activación del acceso.
  • Seleccionar el Subprograma y la ayuda, actualizar datos, adjuntar el fichero correspondiente al modelo de informe de seguimiento de segunda o cuarta anualidad y el Curriculum Vitae si solicita una evaluación a efectos del Programa I3 cumplimentados y envío telemático.
  • Generar la hoja resumen, que se ha de firmar y entregar en el Centro de I+D beneficiario de la ayuda.

Centros de I+D

  • Recepción de la hoja resumen firmada de los investigadores, que se quedará el propio Centro, no siendo necesario su envío al Ministerio.
  • Acceso a la aplicación con el usuario y clave utilizados para las justificaciones de otras ayudas o nuevo registro.
  • Validación y envío telemático mediante la aplicación (se puede hacer la justificación conjunta de varios investigadores).
  • Cerrar la justificación y finalizarla accediendo al enlace de registro telemático que se habilita en la pantalla. Para realizar este registro es necesario utilizar la firma electrónica del representante legal (pueden firmar electrónicamente los mismos representantes legales que venían firmando hasta ahora los impresos de justificación científica).

Debido a que los impresos de justificación de los Centros tendrán firma y registro electrónico, no es necesaria su presentación en un registro presencial, ni su envío al Ministerio.

 

Evaluaciones Programa I3

En base al apartado quinto.3 de la Orden ECI/1520/2005, de 26 de mayo, por la que se establece el Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007 (Programa I3), los investigadores del Programa Ramón y Cajal del Ministerio de Educación y Ciencia, junto al informe de la cuarta anualidad del contrato, establecido en dicho Programa, podrán solicitar que se evalúe si poseen una trayectoria investigadora destacada, a efectos del cumplimiento del requisito de elegibilidad establecido en el apartado quinto.1.d) de la citada Orden.

Por Resolución de 20 de julio de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se establecen los criterios de evaluación en el Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), se determina que la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP) procederá a realizar las evaluaciones objeto del Programa I3, así como el procedimiento y requisitos de aplicación de las mismas.

De acuerdo con lo anterior, y en virtud los informes de evaluación emitidos por la ANEP, se informa que los investigadores que se relacionan a continuación han satisfecho los requisitos de calidad de la producción y actividad científico-tecnológica que implican una trayectoria investigadora destacada, a los efectos del Programa I3.

Esta publicación tiene únicamente carácter informativo. 

Instrucciones Justificación Económica

Justificación económica de gastos Subprograma Ramón y Cajal

A las entidades beneficiarias de ayudas del Subprograma Ramón y Cajal les será requerida la cuenta justificativa de los gastos realizados, que contendrá:

  • Fichas justificativas normalizadas, donde se recoge mediante relación detallada la descripción del gasto realizado (retribución y cuota empresarial de la Seguridad Social), su importe, justificante del gasto y de su pago, fecha de los mismos, etc. Se utilizarán los campos de recogida de datos y fichas normalizadas que se encuentran disponibles en la página Web del Ministerio de Ciencia e Innovación (los documentos acreditativos del gasto y del pago quedarán en poder de los beneficiarios, a disposición de los órganos de comprobación y control).
  • En su caso, relación detallada de otros ingresos o ayudas percibidas que hayan financiado la actividad incentivada, con indicación de su importe y procedencia.
  • En su caso, acreditación del reintegro de remanentes no aplicados.

Plazo de presentación

La memoria económica justificativa deberá presentarse en un plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de fin del plazo de ejecución de cada anualidad con los gastos efectuados en cada una de ellas.

Remisión de la documentación

La cuenta justificativa de gastos, firmada por el representante legal de la entidad, debe ser remitida a:

Subdirección General de Gestión Económica y Presupuestaria  Dirección General de Investigación Científica y Técnica  Ministerio de Economía y Competitividad  C/ Albacete, 5,  Madrid 28071

Revisión de la cuenta justificativa de gastos

La comprobación formal para la liquidación de la subvención se realizará de modo exhaustivo sobre las cuentas justificativas presentadas, y las facturas o documentos de valor probatorio análogo que sustenten dichos informes serán objeto de comprobación en los cuatro años siguientes sobre la base de una muestra representativa. Para ello, la Dirección General de Programas y Transferencia de Conocimiento podrá requerir a los beneficiarios la remisión de los justificantes que compongan dicha muestra, así como realizar las visitas de control correspondientes.

El beneficiario estará sometido a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Dirección General de Programas y Transferencia de Conocimiento, la Intervención General de la Administración del Estado, el Tribunal de Cuentas, y los organismos que procedan según la normativa relativa a la gestión de las ayudas financiadas con los fondos estructurales de la Unión Europea, o cualquier otra normativa aplicable.

Los beneficiarios deberán disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos en los términos exigidos por la legislación aplicable al beneficiario, así como de las facturas y demás justificantes de gasto de valor probatorio equivalente y los correspondientes justificantes de pago. Este conjunto de documentos constituye el soporte justificativo de la subvención concedida, y garantiza su adecuado reflejo en la contabilidad del beneficiario.

Información relacionada