Ayudas para contratos Torres Quevedo (PTQ) 2015

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Justificación

Justificación científico-técnica

Para el cumplimiento del seguimiento científico-técnico de la 1ª y 2ª anualidad de las ayudas para contratos Torres Quevedo y de acuerdo con las distintas Órdenes y Resoluciones de convocatoria, se ha de elaborar un informe anual, que debe ser cumplimentado telemáticamente mediante la aplicación informática disponible en nuestra Web, DOS MESES antes de la finalización de cada anualidad de la ayuda.  Dicha aplicación permanecerá disponible durante 2 meses (es decir los meses 9 y 10 para la justificación de la primera anualidad y los meses 21 y 22 para la segunda anualidad). 

Para ello debe utilizar el modelo de memoria disponible en esta página Web (ver documentos en “información relacionada”), cumplimentarlo debidamente y adjuntarlo a través de la aplicación telemática de justificación (Justiweb). Una vez cargado el informe se debe cerrar la justificación  con firma y registro electrónico. Para la continuidad de la ayuda en la segunda y tercera anualidad, la entidad beneficiaria deberá confirmar dicha continuidad.

Los informes de seguimiento describirán las actividades realizadas por el doctor, los beneficios obtenidos por la entidad beneficiaria con su contratación, así como las actuaciones de I+D adicionales respecto a las que habitualmente se venían realizando.

Los informes de seguimiento científico-técnico serán evaluados por expertos designados por la Subdivisión de Programas  Científico-Técnicos Transversales, Fortalecimiento y Excelencia. El resultado de la evaluación de los informes científico-técnicos de seguimiento será determinante para mantener la continuidad en la financiación de los contratos.

Los informes de seguimiento científico-técnico tendrán carácter confidencial.

Información relacionada

Informe final y de tercera anualidad

Las entidades beneficiarias de ayudas Torres Quevedo están obligadas a presentar una memoria/informe final de la actividad correspondiente  a todo el periodo de ejecución de la ayuda, en el plazo de UN MES desde la finalización del periodo de ejecución de la misma. En caso de renuncia anticipada,  es necesaria la presentación de la justificación científico técnica final por el periodo comprendido desde el inicio de la actuación hasta la fecha de la renuncia.

Las entidades deberán cumplimentar el  informe final de la entidad utilizando el  modelo normalizado disponible en esta página Web.  Dicho informe cumplimentado  y  en formato PDF, se adjuntará en la aplicación telemática de justificación Justiweb  (Acceso directo a la aplicación telemática).

Además de cumplimentar el informe mencionado, deben entrar en el apartado “Documentos y Preguntas” que aparece en la aplicación telemática Justiweb, y contestar las preguntas, que procedan, relacionadas con la actividad desarrollada.

La información proporcionada en las preguntas indicadas en “Documentos y Preguntas” sustituye a la que anteriormente se presentaba en Access.

Con el informe cargado y las preguntas contestadas, se debe cerrar la justificación y enviarlo con firma y registro electrónico del representante legal de la entidad beneficiaria.

Los informes de seguimiento científico-técnico tendrán carácter confidencial y serán evaluados por expertos designados por la Subdivisión de Programas  Científico-Técnicos Transversales, Fortalecimiento y Excelencia.

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