Ayudas para contratos Juan de la Cierva-formación 2017

Programa de Actuación Anual 2017
State Plan
Programme
Subprogram
Announcement status
Closed
Application deadlines
Centros: -
Investigadores: -
General description

Las ayudas Juan de la Cierva-formación (FJC) tienen como objetivo fomentar la contratación laboral de jóvenes doctores por un periodo de dos años con objeto de que los mismos completen su formación investigadora posdoctoral en centros de I+D españoles distintos a aquellos en los que realizaron su formación predoctoral. Los candidatos deben cumplir el requisito de ser doctor y haber obtenido el doctorado entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2017 para el turno de acceso general y entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2017 para el turno de acceso de personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, excepto si acreditan una causa de interrupción conforme a la convocatoria.

Las solicitudes de participación las presentan los centros de I+D incluyendo en ellas a los investigadores candidatos para su incorporación a los equipos de investigación. La selección se fundamenta en un proceso de concurrencia competitiva de los candidatos en base a sus méritos curriculares y en el historial científico-técnico del equipo de investigación en el que se quiere integrar, dando especial relevancia a los méritos relativos al investigador tutor.

Specific goals and activities financed

Concesión de un máximo de 225 ayudas de una duración de dos años para la contratación laboral de doctores por los centros de I+D españoles, de las que 4 ayudas se reservan para la contratación de doctores que participen por el turno de acceso de personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Las ayudas, cuya cuantía anual es de 25.000 euros, se destinan a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de los investigadores contratados durante cada una de las anualidades.

Budget
11.250.000,00 €
Beneficiaries
Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, y universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001. Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud. Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D. Centros Tecnológicos de ámbito estatal que estén inscritos, en la fecha de presentación de la solicitud, en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008.
Instructor Entity
Subdivisión de Planificación y Gestión Administrativa. Agencia Estatal de Investigación
Scientific-technical monitoring body
Subdivisión de Programas Científico-Técnicos Transversales, Fortalecimiento y Excelencia. Agencia Estatal de Investigación
Type of financing
Subvención
Rules of the call
Concurrencia competitiva
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