Ayudas para contratos Torres Quevedo (PTQ) 2020

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Justificación

Para el cumplimiento del seguimiento científico-técnico relativo a los 18 primeros meses de las ayudas Torres Quevedo, y de acuerdo con las distintas Órdenes y Resoluciones de la convocatoria, las entidades beneficiarias deberán elaborar un informe que se presentará al órgano concedente antes de que finalice el mes siguiente al periodo que abarca el informe (mes 19).

El informe será cumplimentado utilizando el modelo actualizado disponible en esta página web de la Agencia Estatal de Investigación, cumplimentarlo debidamente y adjuntarlo a través de la aplicación telemática de justificación JUSTIWEB (https://sede.micinn.gob.es/justificaciones/) que se habilita automáticamente y permanecerá abierta durante el plazo de un mes desde el día siguiente al cumplir los 18 meses de ejecución. Una vez cargado el informe, se debe cerrar la justificación con firma y registro electrónico por parte del representante legal de la entidad beneficiaria.

Si no es comunicada la renuncia de manera formal, mediante la presentación de la solicitud a través de CVE-Facilit@, se entenderá que la entidad beneficiaria confirma la continuidad de la ayuda.

Los informes de seguimiento describirán las actividades realizadas por la persona contratada, en el marco del proyecto financiado y el grado de cumplimiento de los objetivos planteados inicialmente, los beneficios obtenidos por la entidad beneficiaria con su contratación, así como las actuaciones de I+D adicionales respecto a las que habitualmente se venían realizando, incluyendo las actuaciones del plan de difusión de resultados.

Los informes de seguimiento científico-técnico tendrán carácter confidencial y serán evaluados por expertos designados por la Subdivisión de Programas Científico-Técnicos Transversales, Fortalecimiento y Excelencia, siendo determinante el resultado de la evaluación para mantener la continuidad en la financiación de los contratos.

Para el cumplimiento del seguimiento científico-técnico final de las ayudas Torres Quevedo, y de acuerdo con las distintas Órdenes y Resoluciones de convocatoria, las entidades beneficiarias deberán elaborar un informe que abarque todo el periodo de ejecución de la ayuda y se presentará al órgano concedente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del periodo de ejecución de la misma. En caso de renuncia anticipada, es necesaria la presentación de la justificación científico técnica final por el periodo comprendido desde el inicio de la actuación hasta la fecha de la renuncia.

El informe será cumplimentado por la entidad beneficiaria utilizando el modelo actualizado disponible en esta página web de la Agencia Estatal de Investigación, para ser adjuntado a través de la aplicación telemática de justificación JUSTIWEB (https://sede.micinn.gob.es/justificaciones/) que se habilita automáticamente y permanecerá abierta durante el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha fin de ejecución. Además, es obligatorio contestar el cuestionario de indicadores de resultados que aparece en la aplicación. Con el informe cargado y las preguntas contestadas, se debe cerrar la justificación y enviarlo con firma y registro electrónico del representante legal de la entidad beneficiaria de la ayuda.

Los informes de seguimiento describirán las actividades realizadas por la persona contratada, en el marco del proyecto financiado y el grado de cumplimiento de los objetivos planteados inicialmente, los beneficios obtenidos por la entidad beneficiaria con su contratación, así como las actuaciones de I+D adicionales respecto a las que habitualmente se venían realizando, incluyendo las actuaciones del plan de difusión de resultados.

Los informes de seguimiento científico-técnico tendrán carácter confidencial y serán evaluados por expertos designados por la Subdivisión de Programas Científico-Técnicos Transversales, Fortalecimiento y Excelencia.

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Modelo informe final (docx 0.13 MB)