Fondos FEDER

La información que se presenta en esta sección se corresponde con el periodo de programación 2014-2020. La AEI ya no publica convocatorias con los fondos de este periodo. Sin embargo, buena parte de las ayudas cofinanciadas con los fondos de este periodo están actualmente en ejecución o en justificación científico-técnica o administrativa.

La Estrategia Europa 2020 señala el camino hacia el crecimiento inteligente, sostenible e integrador de la Unión Europea en esta década. Los trabajos de programación de la Política de Cohesión 2014-2020, coordinados por la Dirección General de Fondos Europeos, se han centrado en la elaboración de los siguientes documentos estratégicos:

El Acuerdo de Asociación es el documento nacional, de carácter estratégico, elaborado por cada Estado miembro, que expone la estrategia y prioridades de inversión de los Fondos de la Política de Cohesión (FEDER, FSE, FEADER y FEMP) para el período 2014-2020.

El PO Plurirregional de España 2014-2020, resultado de la fusión de los anteriores PO Crecimiento Inteligente y PO Crecimiento Sostenible 2014-2020, concreta la estrategia y los objetivos globales de intervención de la Administración General del Estado (AGE) cofinanciadas con el fondo FEDER en los ámbitos del crecimiento inteligente y sostenible (y en el ámbito urbano también el crecimiento integrador)

Los trabajos de programación se han llevado a cabo respetando el principio de partenariado y gobernanza multinivel, esto es, con la involucración de autoridades públicas de los diferentes niveles de la Administración española, agentes económicos y sociales y representantes de la sociedad civil, incluyendo agentes medioambientales, ONGs, organismos de igualdad y no discriminación

El nuevo periodo de programación, 2021-2027, está todavía en fases iniciales de su definición. Se espera que en la primera mitad de 2022 se haya completado este proceso.

En el nuevo marco se han fijado cinco prioridades para las inversiones de la UE en desarrollo regional en el septenio 2021-2027:

  • Una Europa más inteligente, mediante la innovación, la digitalización, la transformación económica y el apoyo a las pequeñas y medianas empresas;
  • Una Europa más ecológica y libre de carbono, que aplique el Acuerdo de París e invierta en transición energética, energías renovables y la lucha contra el cambio climático;
  • Una Europa más conectada, con un transporte estratégico y redes digitales;
  • Una Europa más social, que haga realidad el pilar europeo de derechos sociales y que apoye el empleo de calidad, la educación, las capacidades educativas y profesionales, la inclusión social y la igualdad de acceso a la asistencia sanitaria;
  • Una Europa más cercana a los ciudadanos, que respalde estrategias de crecimiento de gestión local y que contribuya a un desarrollo urbano sostenible en toda la UE.

Fondos Comunitarios 2021-2027

Líneas de actuación

Las actuaciones llevadas a cabo desde la AEI y propuestas para ser cofinanciadas con fondos FEDER se enmarcan en el Objetivo Temático 1 “Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación” del Programa Operativo Pluriregional de España (POPE) 2014-2020. Estas actuaciones se realizan dentro de las siguientes prioridades de inversión:

Mejora de las infraestructuras de investigación e innovación (I+i) y de la capacidad para desarrollar excelencia en I+i

Prioridad de inversión 1a. Mejora de las infraestructuras de investigación e innovación (I+i) y de la capacidad para desarrollar excelencia en materia de I+i, y el fomento de centros de competencia, en especial los de interés europeo.

Dentro del objetivo específico O.E.1.1.2 de fortalecimiento de las instituciones de I+D y creación, consolidación y mejora de las infraestructuras científicas y tecnológicas se enmarcan las líneas de actuación:

  • Línea de adquisición y mejora de Infraestructuras y equipamiento científico y tecnológico (Infraestructuras). La AEI prevé llevar a cabo actuaciones cofinanciadas por el FEDER, por un importe aproximado de 293 millones de euros.

Fomento de la inversión empresarial en I+i, desarrollo de sinergias entre empresas, centros de I+D y universidades

Prioridad de inversión 1b. Fomento de la inversión empresarial en I+i lideradas por las empresas, el desarrollo de vínculos y sinergias entre las empresas, los centros de investigación y desarrollo y el sector de la enseñanza superior, en particular mediante el fomento de la inversión en el desarrollo.

Dentro del objetivo específico O.E.1.2.2 de transferencia de conocimiento y cooperación entre empresas y centros de investigación se encuadra la línea de actuación:

  • Línea de proyectos de I+D+i en colaboración entre empresas y organismos de investigación (Retos colaboración). La AEI prevé llevar a cabo actuaciones cofinanciadas por el FEDER, por un importe aproximado de 153 millones de euros.

Dentro del objetivo específico O.E. 1.2.3 de fomento y generación de conocimiento de frontera y de conocimiento orientado a los retos de la sociedad, desarrollo de tecnologías emergentes se encuentra las líneas de actuación:

  • Línea de proyectos de I+D orientados a retos de la sociedad (Retos investigación) y Línea de proyectos de I+D de excelencia (Generación de conocimiento). La AEI prevé llevar a cabo actuaciones cofinanciadas por el FEDER en estas líneas, por un importe aproximado de 757 millones de euros.

Documentación y Legislación

Normativa: Fondos Comunitarios. Periodo 2014-2020

Por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado Texto pertinente a efectos del EEE.

Sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n o 1080/2006.

Por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo.

Relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012.

Evaluación

La Política de Cohesión del periodo 2014-2020 deberá orientarse a resultados con mayor intensidad que en períodos anteriores, con el fin de contribuir de manera visible a los objetivos de la Estrategia Europa 2020.

Los reglamentos de la Unión Europea establecen la obligación de llevar a cabo evaluaciones de eficacia, eficiencia e impacto de la ayuda de los Fondos del Marco Estratégico Común, con el objetivo de mejorar la calidad en la ejecución y el diseño de los programas, y determinar los efectos de los mismos en relación con las metas de la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.

Con el fin de mejorar la calidad y el diseño de cada programa y de verificar la viabilidad de sus objetivos y metas, debe efectuarse una evaluación ex ante de los mismos, que se remitirá a la Comisión junto con el programa operativo.

Durante el período de programación, las autoridades de gestión deben realizar evaluaciones para estimar la eficacia y el impacto del programa. Para facilitar las decisiones de gestión, debe informarse al comité de seguimiento y a la Comisión de los resultados de las evaluaciones.

Asimismo, se realizarán evaluaciones ex post de los programas, para estimar la eficacia y la eficiencia de los Fondos y su impacto en relación con los objetivos globales de los propios Fondos y de la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Dichas evaluaciones serán llevadas a cabo por la Comisión europea.

El sistema de indicadores será una pieza clave del sistema de seguimiento y evaluación para el período 2014-2020. El sistema de indicadores deberá incluir los indicadores comunes (definidos por la Comisión y recogidos en los reglamentos) así como indicadores específicos de programa. Todos estos indicadores, en función de su naturaleza, se pueden clasificar en: indicadores de realización e indicadores de resultado. Una selección de estos indicadores configurará el Marco de Rendimiento que debe definirse en cada uno de los programas con la finalidad de facilitar el seguimiento de los mismos

El Plan de Evaluación FEDER 2014-2020 presenta una estructura en dos partes: una parte común a todos los programas y otra específica para cada uno de ellos.

Comunicación

El Reglamento (UE) nº 1303/2013 exige el cumplimiento de determinados aspectos en materia de comunicación y publicidad

En el periodo actual sigue siendo necesario elaborar una estrategia de comunicación y hacer un seguimiento y evaluación de las medidas que la sustenten, así como dar publicidad de estas actuaciones, resaltando las Buenas Practicas en materia de comunicación y presentando las mejores actuaciones cofinanciadas con fondos europeos.

La Estrategia de Comunicación enmarca los objetivos definidos en este ámbito, las medidas de información y publicidad para llevarlos a cabo, remarcando cuáles son los destinatarios de dichas medidas, cuáles son los servicios administrativos u organismos responsables de aplicar dichas medidas, cuál es el presupuesto destinado a llevarlas a la práctica y la forma de evaluación y seguimiento de las mismas.

La Autoridad de Gestión del FEDER ha elaborado una Estrategia de Comunicación para el POPE. La AEI, como Organismo Intermedio, es responsable de la aplicación de esa Estrategia de Comunicación, así como del cumplimiento de la normativa comunitaria en materia de información y comunicación, en el ámbito de sus competencias.

Enlaces de interés

Información para los beneficiarios

Obligaciones en relación con la información y comunicación

En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo el beneficiario para dar a conocer la actuación entre los destinatarios potenciales, destinatarios finales y público en general, dará a conocer la cofinanciación de la operación por el FEDER y quedará sujeto a las disposiciones en materia de información y publicidad establecidas en el artículo 115 y anexo XII del Reglamento (UE) Nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013. Estas obligaciones se resumen en:

  • Reconocer en todas las actuaciones de comunicación que lleve a cabo, el apoyo de los Fondos Estructurales a las operaciones mostrando el emblema de la Unión Europea de acuerdo con las características técnicas establecidas en los artículos 3, 4 y 5 del Reglamento (UE) Nº 821/2014, de comunicación y publicidad, la referencia al Fondo y el lema.
  • Informar al público del apoyo de los fondos, haciendo una breve descripción en la página web, si se dispone de ella, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con los objetivos y resultados de la actuación y destacando el apoyo financiero de la UE, durante todo el tiempo que dure la actuación.
  • Colocar en lugar visible, los carteles publicitarios temporales o permanentes, así como las placas fijas de conformidad con las características técnicas establecidas por la Comisión en el artículo 5 del Reglamento (UE) nº 821/2014, de comunicación y publicidad.
  • Asimismo, la aceptación de la ayuda supone aceptar la inclusión de la operación y sus datos en la lista de operaciones prevista en el artículo 115.2 del RDC. (Ver pregunta sobre lista de operaciones).

Características técnicas para la exhibición del emblema de la Unión y referencia al Fondo o los Fondos que dan apoyo a la operación

  • Los beneficiarios deben reconocer en todas las actuaciones de comunicación que lleven a cabo, el apoyo de los Fondos Estructurales a las operaciones mostrando el emblema de la Unión Europea, la referencia al Fondo y el lema (apartado 2.2.1.b) del Anexo XII del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 diciembre de 2013.)
  • El emblema de la Unión Europea ha de exhibirse de conformidad con las características técnicas establecidas por la Comisión en el Reglamento (UE) nº 821/2014, de comunicación y publicidad (artículo 4). Estas características a cumplir se concretan en:
    • Será siempre visible y ocupará un lugar destacado. Figurará en color siempre que sea posible. El nombre “Unión Europea” aparecerá siempre sin abreviar y debajo del emblema, sin utilizarse la cursiva, el subrayado, ni otros efectos. El cuerpo del tipo utilizado será proporcional al tamaño del emblema y no debe interferir en el emblema. El color del tipo será azul réflex, negro o blanco, en función del contexto.
    • Cuando el emblema de la Unión y la referencia a la Unión y al Fondo correspondiente se presenten en un sitio web: a) el emblema de la Unión y la referencia a la Unión serán visibles en dicho sitio web, sin tener que desplegar toda la página. El emblema deberá figurar en color; b) la referencia al Fondo en cuestión deberá figurar de forma visible.
    • En caso de utilizarse otros logotipos, el emblema de la Unión Europea tendrá como mínimo, el mismo tamaño que el mayor de los demás logotipos.

Información que deben contener los carteles temporales y/o permanentes o placas fijas

  • Los carteles publicitarios temporales o permanentes, así como las placas fijas han de exhibirse de conformidad con las características técnicas establecidas por la Comisión en el Reglamento (UE) nº 821/2014, de comunicación y publicidad (artículo 5):
  • El cartel temporal o permanente, debe contener el nombre de la operación y el objetivo en el que se incluya la actuación, el emblema y la referencia a la UE, la referencia al Fondo FEDER y el lema del Fondo. Esta información debe ocupar como mínimo, el 25% de la superficie del cartel.
  • La placa identificativa, al igual que el cartel, debe contener el nombre de la operación y el objetivo en el que se incluya la actuación, el emblema y la referencia a la UE, la referencia al Fondo FEDER y el lema del Fondo. La información referida a la Unión Europea, debe ocupar, como mínimo el 25% de la placa, pudiendo ocupar la totalidad.
  • Ambos deben ponerse en un lugar bien visible para el público, por ejemplo, a la entrada de un edificio.

Información a incluir en la página web (si dispone de ella) para informar al público del apoyo de los Fondos?

En la página web del beneficiario, si se dispone de ella, se hará una breve descripción de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con los objetivos y resultados de la actuación y destacando el apoyo financiero de la UE, durante todo el tiempo que dure la actuación.

Información relacionada

Actuaciones cofinanciadas por la AEI

La AEI se encarga de instruir y gestionar los Programas cuya selección se realiza mediante convocatorias de ayudas régimen de concurrencia competitiva. Es responsable de las convocatorias de Adquisición y mejora de infraestructuras equipamiento científico y tecnológico, Proyectos de I+D+colaboración entre empresas y organismos de investigación, Proyectos de I+D orientados a retos de la sociedad y Proyectos I+D de Excelencia. 

La selección de operaciones se realiza con sujeción a los Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO) aprobados el Comité de Seguimiento del POCInt y demás requisitos por la normativa nacional y comunitaria de aplicación.

Manuales

Actuaciones cofinanciadas

En el marco de los Fondos de la Unión Europea la Agencia Estatal de Investigación pone en marcha los instrumentos necesarios para potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovacióna través de ayudas para la realización de proyectos dentro de las prioridades de inversión:

  • Prioridad de inversión 1a. Mejora de las infraestructuras de investigación e innovación (I+i) y de la capacidad para desarrollar excelencia en materia de I+i, y el fomento de centros de competencia, en especial los de interés europeo. 
  • Prioridad de inversión 1b. Fomento de la inversión empresarial en I+i lideradas por las empresas, el desarrollo de vínculos y sinergias entre las empresas, los centros de investigación y desarrollo y el sector de la enseñanza superior, en particular mediante el fomento de la inversión en el desarrollo.

Las convocatorias de ayudas en concurrencia competitiva cofinanciadas con fondos FEDER son:

Promoción de la ejecución de proyectos de investigación consistentes en trabajos experimentales o teóricos emprendidos con el objetivo primordial de adquirir nuevos conocimientos acerca de los fundamentos subyacentes de los fenómenos y hechos observables.
Promoción la generación de conocimiento científico orientado a la búsqueda de soluciones a los problemas presentados en los retos de la sociedad identificados en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación y en el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, mediante investigación de calidad, evidenciada tanto por su contribución a la solución de los problemas sociales, económicos y tecnológicos como por la publicación de sus resultados en foros de alto impacto científico y tecnológico o la internacionalización de las actividades.
Promoción del desarrollo de tecnologías, aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas de productos y servicios, a través de proyectos de cooperación entre empresas y organismos de investigación.
Ayudas para financiar la adquisición de Infraestructuras y equipamientos científicos y tecnológicos, preferentemente de uso compartido y para la sostenibilidad y mejora de las ya existentes.