Apoyo a Centros de Excelencia “Severo Ochoa” y a Unidades de Excelencia “María de Maeztu", 2014

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Tramitación de la ayuda

Novedades de la convocatoria

Las definiciones de centro y de unidad están recogidas en el artículo 5 de la convocatoria en sus apartados b) y c). Las diferencias más relevantes entre centros y unidades se incluyen las siguientes:

  • Los centros que concurran a la convocatoria han de estar constituidos con anterioridad al año 2008. Las unidades de investigación, por su parte, han de estar reconocidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, cuyo plazo finaliza el día 15 de enero de 2015.
  • Los centros han de tener una unidad gerencial, administrativa y de gestión económica claramente diferenciada.
  • Las unidades de investigación no tienen personalidad jurídica propia, son estructuras de investigación estables, vertebradas en torno a objetivos, líneas y programas de investigación científica. Pueden estar integradas por la totalidad o parte de la plantilla de investigación de un centro, departamento universitario o instituto de investigación.
  • El número mínimo de investigadores garantes (cuya definición se incluye en el artículo 5 d) de la convocatoria) exigidos para los centros es de diez, mientras que las unidades deben presentar un mínimo de seis investigadores garantes.
  • El programa estratégico de investigación 2015-2018 que presenten los centros debe incluir con carácter obligatorio el desarrollo de un programa específico de incorporación de recursos humanos a lo largo de la vigencia del mismo, no así en el caso de las unidades. Este factor diferencial responde a las diferencias en el estatus jurídico y en el modelo de toma de decisiones entre centros y unidades.
  • Los centros de excelencia recibirán, para la ejecución de su programa estratégico de investigación 2015-2018, una subvención de un millón de euros/año, y las unidades de excelencia recibirán para dicha finalidad quinientos mil euros/año.

Es importante destacar que los requisitos, niveles de exigencia, criterios y procedimientos de evaluación y selección referidos a la excelencia científica de las actividades y resultados de investigación obtenidos, así como los que son de aplicación en la evaluación de los programas estratégicos de investigación propuestos, no establecen diferencias entre centros y unidades. De este modo se garantiza la calidad y el nivel de excelencia de la investigación científica que desarrollan tanto los centros como las unidades, estableciéndose las diferencias únicamente en función de la gobernanza, estructura y principios organizativos y gerenciales que son de aplicación así como en función de la masa crítica mínima exigible a centros y unidades.

Es importante recordar que cada solicitud se referirá únicamente a un centro o unidad. La selección de la modalidad a la que se opta (centro o  unidad) no podrá modificarse una vez remitida la solicitud. Además, el artículo  16  de la convocatoria establece un régimen de incompatibilidades que no permite que concurran dos o más unidades pertenecientes a un mismo centro.

Documentación a presentar por los centros

La solicitud será cumplimentada y presentada íntegramente a través de la aplicación telemática habilitada por la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación. Además, tanto el Director Científico del centro como el representante legal de la entidad beneficiaria deberán adjuntar, en formato “PDF”, el conjunto de documentos a los que se hace referencia en la convocatoria.

A continuación se indican los documentos que debe adjuntar el Director Científico como parte integrante de la solicitud de «Centros de Excelencia Severo Ochoa»

a) Documentos a presentar en lengua inglesa:

  • El Currículum Vitae, siguiendo preferentemente el modelo del Curriculum Vitae Normalizado, del director científico, de los investigadores garantes de la solicitud y, en caso de que no coincidan, de los investigadores principales que cada una de las líneas de investigación del Centro. Estos documentos se corresponden con los documentos denominados “Scientific Director CV” and “Garante Researchers´ CVs” en la aplicación telemática.
  • Un resumen de los Curriculum Vitae del Director Científico, de los investigadores garantes y, en caso de que no coincidan, de los investigadores principales de cada una de las líneas de investigación del Centro. Este resumen ha de tener un máximo de dos páginas y se corresponde con los documentos denominados “Summary of Scientific Director CV” and “Summary of Garante Researchers´ CVs” a introducir a través de la aplicación telemática.
  • Nombramiento, composición y fecha de constitución de los comités científicos externos del centro. Documento de carácter optativo que se introducirá en su caso a través de la aplicación telemática correspondiendo al documento denominado “Scientific Advisory Committee: Appointment and composition”.
  • Conclusiones y recomendaciones de las evaluaciones científicas externas que haya recibido el centro durante el período 2008-2012. Al igual que en el caso anterior es un documento de carácter optativo que corresponde con el documento denominado “External evaluations: report” de la aplicación telemática.
  • Datos cuantitativos de las publicaciones científicas del centro en su conjunto durante 2008-2012. Deberá desagregar las publicaciones por áreas o subáreas, conforme a la denominación de una de las dos bases de datos (“Web of Science” o “Scopus”) a utilizar. En cada área o subárea deberá detallar: 1) el número total de publicaciones; 2) el número total de publicaciones que se hayan publicado en revistas clasificadas en el primer cuartil de las de mayor impacto de esa área temática así como las citas recibidas hasta la fecha en la que se realiza la consulta; y 3) el número total de publicaciones que se hayan publicado en revistas clasificadas en el primer decil de las de mayor impacto de esa área temática y el número de citas recibidas hasta la fecha en que se realiza la consulta. Esta tabla ha de introducirse en la aplicación telemática y corresponde al documento denominado “Scientific Production of the Center 08-12”. Para su elaboración se recomienda seguir el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.
  • Tabla con información sobre el número total de publicaciones de cada Investigador Principal y su impacto durante 2008-2012. Esta tabla debe facilitarse para cada uno de los investigadores que lideran y dirigen las líneas de investigación del centro y que han de reflejarse en la Memoria de actividades. En esta tabla debe figurar también la información de aquellos investigadores que figurando en la solicitud como investigadores garantes son, además, investigadores principales. Debe introducirse en la aplicación telemática correspondiendo con el documento denominado “Principal Investigators scientific publications and impact 08-12”. Para su elaboración se recomienda seguir el modelo que se facilita en el apartado  “información relacionada”.
  • Documento que recoja los datos que han servido de base para el cálculo del impacto normalizado de las publicaciones de los investigadores garantes y del director científico. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Calculations of normalized impact of researchers and scientific director”.
  • Resumen del número de investigadores formados en el centro y tesis doctorales dirigidas, con indicación de la distribución por sexo y nacionalidad. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Trainees by sex and nationality 08-12 and doctoral thesis”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado  “información relacionada”.
  • Datos de la plantilla total del centro, referidos al 31 de diciembre de 2013 indicando su distribución por categoría profesional, sexo, nacionalidad y tipo de vinculación al centro. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Staff by profession, sex, nationality and affiliation 31st Dec 13”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”
  • Datos referidos al número de incorporaciones en el centro durante el período 2008-2012, desagregando en función de edad, situación profesional, sexo, y centro de procedencia o, en su caso, centro en el que obtuvieron el título de doctor. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Number of recruitments by age, professional status, sex, and center of origin 08-12”.
  • Información relativa al posicionamiento (ranking) del centro respecto a las instituciones internacionales de referencia en su campo en el periodo 2008-2012. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “International benchmarking”.
  • Desglose de la financiación que haya recibido el centro durante el período de referencia con detalle del origen de los fondos y su cuantía. En este desglose se incluirá 1) financiación competitiva nacional e internacional, haciendo especial mención a la financiación recibida a través del Plan Nacional o Estatal I+D+I, del Programa Marco de la UE y otros proyectos internacionales, y 2) financiación procedente del sector privado no asignada de forma competitiva y bajo la forma de convenios, contratos y otros instrumentos. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Funding”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.
  • Presupuesto de ingresos y gastos del centro en los años 2011, 2012 y 2013 por principales tipos de ingresos y capítulos de gasto. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Income and expenditure Budget 11-13. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.
  • Organigrama del centro que recoja estructura organizativa, formal y funcional. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Organizational Chart”.
  • Indicadores de seguimiento del Programa Estratégico de Investigación del Centro para 2015-2018. Los indicadores de seguimiento serán objetivos, contendrán, en la medida de lo posible, baremos cuantitativos a alcanzar durante el período de ejecución y deberán estar construidos sobre información refutable. Los indicadores de seguimiento deberán hacer referencia, al menos, a: 1) Publicaciones científicas de alto impacto; 2) Formación predoctoral e incorporación de investigadores; 3) Resultados de investigación relevantes para el entorno, incluyendo, en su caso, la solicitud y concesión de patentes y otras formas de propiedad industrial e intelectual, su transferencia, explotación, y la colaboración con el sector empresarial; y 4) Otras fuentes de financiación adicional, competitivas y no competitivas, asociadas al desarrollo del programa estratégico, con especial referencia, en su caso, a las procedentes del sector privado. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Monitoring indicators”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.

b) Documentos a presentar en español:

  • Documento que acredite la vinculación laboral con la entidad solicitante y la adscripción al centro del director científico y de los investigadores garantes. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Acreditación de la vinculación del Director Científico e Investigadores al Centro”.
  • Documentación acreditativa de las unidades administrativas, gerenciales y directivas del centro, incluyendo nombramiento y dedicación de los responsables. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con los documentos denominados “Unidades, directivas y gerenciales” y “Nombramiento y vinculación del personal gerencial”.
  • Documentación acreditativa de la constitución del Centro. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Documentación acreditativa de la constitución del Centro”.
  • Consentimiento de la entidad asociada si se opta por el supuesto de pluralidad de beneficiarios. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Consentimiento de la entidad”.

Además, el Representante legal de la entidad beneficiaria –que deberá estar registrado en el Registro Unificado de Solicitantes (RUS)- después de supervisar la documentación aportada por el director científico, deberá completar la presentación de la solicitud, firmarla electrónicamente y adjuntar, si no lo hubiera hecho antes, los siguientes documentos:

  • Declaración responsable en la que conste que la entidad beneficiaria cumple los requisitos establecidos para los organismos de investigación en el artículo 2.a) de la Orden de bases reguladoras, así como que lleva una contabilidad que permite distinguir los costes y financiación de las actividades económicas de la institución frente a las no económicas. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Declaración Responsable de contabilidad”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.
  • Declaración responsable de no hallarse la entidad beneficiaria incursa en ninguno de los supuestos de prohibición de la obtención de la condición de beneficiario establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con mención expresa de no estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en la letra b) del artículo 13.2 de dicha Ley General de Subvenciones, en la forma prevista en el artículo 26 de su reglamento de desarrollo. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Declaración Responsable artículo 13”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.
  • Declaración responsable expresa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones, de no haber recibido subvenciones concurrentes incompatibles con las ayudas reguladas por la presente convocatoria. Esta declaración expresa deberá llevarse a cabo en el momento de presentar la solicitud o en cualquier momento ulterior en que se produzca esta circunstancia. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Declaración expresa subvenciones concurrentes (art. 33 RLGS)”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.
  • Declaración responsable de que, en caso de que las actuaciones objeto de subvención lo requieran, previamente a la ejecución de las mismas, se dispondrá de los informes de sostenibilidad ambiental preceptivos. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Declaración Responsable Informe Medioambiental”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.
  • Certificados, expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse la entidad al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Si el beneficiario no está obligado a presentar dichos certificados, en cuyo caso su cumplimiento se acreditará mediante declaración responsable. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con los documentos denominados “Documento de Seguridad Social” y “Documento de Obligaciones Tributarias”. Se trata de documentos optativos, solamente exigibles si la entidad solicitante denegase expresamente al órgano concedente para obtenerlos por sí mismo.

Documentación a presentar por las unidades

La solicitud será cumplimentada y presentada íntegramente a través de la aplicación telemática habilitada por la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación. Además, tanto el Director Científico de la unidad como el representante legal de la entidad beneficiaria deberán adjuntar, en formato “PDF”, el conjunto de documentos a los que se hace referencia en la convocatoria.

A continuación se indican los documentos que debe adjuntar el Director Científico como parte integrante de la solicitud de «Unidades de Excelencia María de Maeztu»

a) Documentos a presentar en lengua inglesa:

  • El Currículum Vitae, siguiendo preferentemente el modelo del Curriculum Vitae Normalizado, del director científico, de los investigadores garantes de la solicitud y, en caso de que no coincidan, de los investigadores principales que cada una de las líneas de investigación de la unidad durante el período 2008-2012. Estos documentos se corresponden con los documentos denominados “Scientific Director CV” and “Garante Researchers´ CVs” en la aplicación telemática.
  • Un resumen de los Curriculum Vitae del Director Científico, de los investigadores garantes y, en caso de que no coincidan, de los investigadores principales de cada una de las líneas de investigación de la unidad durante el período 2008-2012. Este resumen ha de tener un máximo de dos páginas y se corresponde con los documentos denominados “Summary of Scientific Director CV” and “Summary of Garante Researchers´ CVs” a introducir a través de la aplicación telemática.
  • Nombramiento, composición y fecha de constitución de los comités científicos externos de la unidad. Documento de carácter optativo que se introducirá en su caso a través de la aplicación telemática correspondiendo al documento denominado “Scientific Advisory Committee: Appointment and composition”.
  • Conclusiones y recomendaciones de las evaluaciones científicas externas que haya recibido la unidad durante el período 2008-2012. Al igual que en el caso anterior es un documento de carácter optativo que corresponde con el documento denominado “External evaluations: report” de la aplicación telemática.
  • Datos cuantitativos de las publicaciones científicas de la totalidad de los investigadores que se adscriben a la unidad durante 2008-2012. Deberá desagregar las publicaciones por áreas o subáreas, conforme a la denominación de una de las dos bases de datos (“Web of Science” o “Scopus”) a utilizar. En cada área o subárea deberá detallar: 1) el número total de publicaciones; 2) el número total de publicaciones que se hayan publicado en revistas clasificadas en el primer cuartil de las de mayor impacto de esa área temática así como las citas recibidas hasta la fecha en la que se realiza la consulta; y 3) el número total de publicaciones que se hayan publicado en revistas clasificadas en el primer decil de las de mayor impacto de esa área temática y el número de citas recibidas hasta la fecha en que se realiza la consulta. Esta tabla ha de introducirse en la aplicación telemática y corresponde al documento denominado “Scientific Production of the Unit 08-12”. Para su elaboración se recomienda seguir el modelo que se facilita en el apartado  “información relacionada”.
  • Tabla con información sobre el número total de publicaciones de cada Investigador Principal y su impacto durante 2008-2012. Esta tabla debe facilitarse para cada uno de los investigadores que lideran y dirigen las líneas de investigación que se integran en la unidad. En esta tabla debe figurar también la Información de aquellos investigadores que figurando en la solicitud como investigadores garantes son, además, investigadores principales. Debe introducirse en la aplicación telemática correspondiendo con el documento denominado “Principal Investigators scientific publications and impact 08-12”. Para su elaboración se recomienda seguir el modelo que se facilita en el apartado  “información relacionada”.
  • Documento que recoja los datos que han servido de base para el cálculo del impacto normalizado de las publicaciones de los investigadores garantes y del director científico. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Calculations of normalized impact of researchers and scientific director”.
  • Resumen del número de investigadores formados en la unidad y tesis doctorales dirigidas, con indicación de la distribución por sexo y nacionalidad. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Trainees by sex and nationality 08-12 and doctoral thesis”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado  “información relacionada”.
  • Datos de la plantilla total de la unidad, referidos al 31 de diciembre de 2013 indicando su distribución por categoría profesional, sexo, nacionalidad y tipo de vinculación la unidad. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Staff by profession, sex, nationality and affiliation 31st Dec 13”. Este documento es optativo y únicamente exigible a las unidades previamente reconocidas en la fecha de referencia. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.
  • Desglose de la financiación que haya recibido la unidad durante el período de referencia con detalle del origen de los fondos y su cuantía. En este desglose se incluirá 1) financiación competitiva nacional e internacional, haciendo especial mención a la financiación recibida a través del Plan Nacional o Estatal I+D+I, del Programa Marco de la UE y otros proyectos internacionales, y 2) financiación procedente del sector privado no asignada de forma competitiva y bajo la forma de convenios, contratos y otros instrumentos. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Funding”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.
  • Indicadores de seguimiento del Programa Estratégico de Investigación de la unidad para 2015-2018. Los indicadores de seguimiento serán objetivos, contendrán, en la medida de lo posible, baremos cuantitativos a alcanzar durante el período de ejecución y deberán estar construidos sobre información refutable. Los indicadores de seguimiento deberán hacer referencia, al menos, a: 1) Publicaciones científicas de alto impacto; 2) Formación predoctoral e incorporación de investigadores; 3) Resultados de investigación relevantes para el entorno, incluyendo, en su caso, la solicitud y concesión de patentes y otras formas de propiedad industrial e intelectual, su transferencia, explotación, y la colaboración con el sector empresarial; y 4) Otras fuentes de financiación adicional, competitivas y no competitivas, asociadas al desarrollo del programa estratégico, con especial referencia, en su caso, a las procedentes del sector privado. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Monitoring indicators”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado“información relacionada”.

b) Documentos a presentar en español:

  • Documento que acredite la vinculación laboral con la entidad solicitante y la adscripción a la unidad del director científico y de los investigadores garantes. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Acreditación de la vinculación del Director Científico e Investigadores a la Unidad”.
  • Justificación de que las actividades de investigación forman parte del plan estratégico de la entidad solicitante. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado "Acreditación Unidades forman parte del programa estratégico".
  • Reconocimiento o aprobación de la unidad por los órganos de gobierno de la entidad solicitante. Recuerde que debe tener lugar con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado "Aprobación/reconocimiento de la Unidad".
  • Consentimiento de la entidad asociada si se opta por el supuesto de pluralidad de beneficiarios. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Consentimiento de la entidad”.

Además, el Representante legal de la entidad beneficiaria –que deberá estar registrado en el Registro Unificado de Solicitantes (RUS)- después de supervisar la documentación aportada por el director científico, deberá completar la presentación de la solicitud, firmarla electrónicamente y adjuntar, si no lo hubiera hecho antes, los siguientes documentos:

  • Declaración responsable en la que conste que la entidad beneficiaria cumple los requisitos establecidos para los organismos de investigación en el artículo 2.a) de la Orden de bases reguladoras, así como que lleva una contabilidad que permite distinguir los costes y financiación de las actividades económicas de la institución frente a las no económicas. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Declaración Responsable de contabilidad”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.
  • Declaración responsable de no hallarse la entidad beneficiaria incursa en ninguno de los supuestos de prohibición de la obtención de la condición de beneficiario establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con mención expresa de no estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en la letra b) del artículo 13.2 de dicha Ley General de Subvenciones, en la forma prevista en el artículo 26 de su reglamento de desarrollo. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Declaración Responsable artículo 13”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.
  • Declaración responsable expresa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones, de no haber recibido subvenciones concurrentes incompatibles con las ayudas reguladas por la presente convocatoria. Esta declaración expresa deberá llevarse a cabo en el momento de presentar la solicitud o en cualquier momento ulterior en que se produzca esta circunstancia. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Declaración expresa subvenciones concurrentes (art. 33 RLGS)”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.
  • Declaración responsable de que, en caso de que las actuaciones objeto de subvención lo requieran, previamente a la ejecución de las mismas, se dispondrá de los informes de sostenibilidad ambiental preceptivos. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con el documento denominado “Declaración Responsable Informe Medioambiental”. Para su elaboración debe seguirse el modelo que se facilita en el apartado “información relacionada”.
  • Certificados, expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse la entidad al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Si el beneficiario no está obligado a presentar dichos certificados, en cuyo caso su cumplimiento se acreditará mediante declaración responsable. Se introducirá a través de la aplicación telemática en correspondencia con los documentos denominados “Documento de Seguridad Social” y “Documento de Obligaciones Tributarias”. Se trata de documentos optativos, solamente exigibles si la entidad solicitante denegase expresamente al órgano concedente para obtenerlos por sí mismo.

Presentación de solicitudes

IMPORTANTE:  Antes de iniciar la cumplimentación en la aplicación telemática, debe considerar detenidamente si solicita la acreditación como Centro o como Unidad.

Las solicitudes que no cumplan los requisitos exigidos para la opción escogida serán excluidas.

Se aconseja leer detenidamente los dos apartados anteriores. Las definiciones y requisitos para los centros y unidades se señalan en el apartado “novedades de la convocatoria”, así como en el artículo 5.b), 5.c), 8 y 16 de la convocatoria.

Información relacionada

Subsanación de las solicitudes de Centros

Una vez revisadas las solicitudes presentadas para la modalidad de Centros, se publica en la sede electrónica la relación de las que deben ser subsanadas.

La información detallada sobre la subsanación está disponible en la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@). En ella podrá encontrar la notificación individualizada, donde se indican las faltas o errores a subsanar, así como las observaciones pertinentes.

En la sección “información relacionada” podrá encontrar el modelo y las instrucciones para el caso de que le sea requerido un cambio de “investigador garante”.

La subsanación debe realizarse, a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@) ubicada en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en un plazo de 10 días desde el día siguiente al de su publicación en la sede. De no hacerlo en dicho plazo se considerará desistida la solicitud.

Recuerde que además de incluir los documentos a través de la Carpeta Virtual de Expedientes debe presentarlos mediante firma electrónica del representante legal de la entidad solicitante, todo ello dentro del plazo establecido.

El plazo de subsanación finaliza el día 17 de marzo de 2015.

Subsanación de las solicitudes de Unidades

Una vez revisadas las solicitudes presentadas para la modalidad de Unidades, se publica en la sede electrónica la relación de las que deben ser subsanadas.

La información detallada sobre la subsanación está disponible en la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@). En ella podrá encontrar la notificación individualizada, donde se indican las faltas o errores a subsanar, así como las observaciones pertinentes.

En la sección “información relacionada” podrá encontrar el modelo y las instrucciones para el caso de que le sea requerido un cambio de “investigador garante”.

La subsanación debe realizarse, a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@) ubicada en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en un plazo de 10 días desde el día siguiente al de su publicación en la sede. De no hacerlo en dicho plazo se considerará desistida la solicitud.

Recuerde que además de incluir los documentos a través de la Carpeta Virtual de Expedientes debe presentarlos mediante firma electrónica del representante legal de la entidad solicitante, todo ello dentro del plazo establecido.

El plazo de subsanación finaliza el día 24 de marzo de 2015.

Propuesta de resolución provisional

Una vez realizada la evaluación científico técnica de las solicitudes y reunida la comisión de evaluación, se publica la propuesta de resolución provisional, en la que se detallan, por una parte, los centros propuestos para ser acreditados como centros de excelencia Severo Ochoa, y por otra, las unidades propuestas para ser acreditadas como unidades de excelencia María de Maeztu. Asimismo, se indican las ayudas propuestas para su concesión.

La información individualizada estará disponible en la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@).

Las entidades solicitantes disponen de un plazo de 10 días para manifestar su aceptación o formular las alegaciones que estimen oportunas.

Tanto la aceptación, como la formulación de alegaciones deben realizarse por el director científico, con la firma electrónica del representante legal de la entidad, a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@), todo ello dentro del plazo establecido.

El plazo finaliza el 6 de mayo de 2015.

Resolución de concesión

(Fecha de publicación: 8 de julio de 2015)

Se publica en la sede electrónica el texto de la Resolución de concesión de las ayudas y de las acreditaciones para Centros de excelencia «Severo Ochoa» y Unidades de excelencia «María de Maeztu», y sus anexos I y II.

En la carpeta virtual de expedientes-Facilit@ se encuentra la información individualizada resultante de esta resolución de concesión.