Registro de Actividades de Tratamiento de la Agencia Estatal de Investigación

Los responsables y encargados del tratamiento están obligados a llevar y mantener actualizado un Registro de Actividades de Tratamiento de acuerdo con lo establecido en los artículos 31 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y 30 del Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.

Dicho registro deberá contener toda la información indicada a continuación:

El nombre y los datos de contacto del responsable y, en su caso, del corresponsable, del representante del responsable, y del delegado de protección de datos.

Los fines del tratamiento.

Una descripción de las categorías de interesados y de las categorías de datos personales.

Categorías de destinatarios a quienes se comunicaron o comunicarán los datos personales, incluidos los destinatarios en terceros países u organizaciones internacionales.

En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país o una organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49, apartado 1, párrafo segundo, la documentación de garantías adecuadas.

Cuando sea posible, los plazos previstos para la supresión de las diferentes categorías de datos.

Cuando sea posible, una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad a que se refiere el artículo 32, apartado 1.

Conforme a lo establecido en el artículo 31.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 diciembre, la Agencia Estatal de Investigación está obligada a publicar por medios electrónicos el inventario de sus actividades de tratamiento. Para dar cumplimiento a lo anterior, en el siguiente enlace se accede al Registro de Actividades de Tratamiento de la Agencia Estatal de Investigación.