Apoyo a Centros de Excelencia “Severo Ochoa” y a Unidades de Excelencia “María de Maeztu", 2015

Volver a la convocatoria

Tramitación de la ayuda

Características de la convocatoria

Las definiciones de centro y de unidad están recogidas en el artículo 5, en sus apartados b) y c), y en el artículo 8 de la convocatoria. Las diferencias más relevantes entre centros y unidades son las siguientes:

  • Los centros que concurran a la convocatoria han de estar constituidos con anterioridad al 31 de diciembre de 2008. Las unidades de investigación, por su parte, han de estar aprobadas o reconocidas por los órganos de gobierno de la entidad solicitante con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Los centros han de tener una unidad gerencial, administrativa y de gestión económica claramente diferenciada.
  • Las unidades de investigación no tienen personalidad jurídica propia, son estructuras de investigación estables y vertebradas en torno a objetivos, líneas y programas de investigación científica; que comparten infraestructuras y recursos de investigación. Pueden estar integradas por parte de la plantilla de investigación de un centro o, por ejemplo, por la totalidad o parte de la plantilla de un departamento o centro universitario, así como de un instituto universitario de investigación, siempre que tengan una trayectoria de investigación compartida durante, al menos, el periodo 2011-2015.
  • El número mínimo de investigadores garantes (cuya definición se incluye en el artículo 5 f) de la convocatoria) exigidos para los centros es de diez, mientras que las unidades deben presentar un mínimo de seis investigadores garantes.
  • Cuando un centro completo que cumpla los requisitos para ello tenga una masa crítica de investigadores garantes inferior a diez podrá presentarse como unidad.
  • Los centros presentarán un plan estratégico, que debe incluir necesariamente la estrategia de investigación del centro para el período 2016-2019, mientras que las unidades presentarán un programa estratégico de investigación para el mismo periodo.
  • Los centros de excelencia recibirán, para la ejecución de su plan estratégico 2016-2019, una subvención de un millón de euros/año, y las unidades de excelencia recibirán, para su programa estratégico de investigación 2016-2019, quinientos mil euros/año.

Los requisitos, niveles de exigencia, criterios y procedimientos de evaluación y selección referidos a la excelencia científica de las actividades y resultados de investigación obtenidos, así como los que son de aplicación en la evaluación de los planes estratégicos o los programas estratégicos de investigación propuestos, no marcan diferencias entre centros y unidades. De este modo, se garantiza la calidad y el nivel de excelencia de la investigación científica que desarrollan tanto los centros como las unidades, estableciéndose las diferencias entre ambas modalidades únicamente en función de la gobernanza, estructura y principios organizativos y gerenciales así como de la masa crítica mínima exigible a centros y unidades.

Es importante recordar que cada solicitud se referirá únicamente a un centro o unidad. Una misma entidad podrá presentar solicitudes distintas para los centros o unidades pertenecientes a su organización que cumplan los requisitos. No obstante, para un mismo centro solamente se admitirá una solicitud.

La selección de la modalidad a la que se opta (centro o unidad) no podrá modificarse una vez remitida la solicitud. Además, el artículo 16 de la convocatoria establece un régimen de incompatibilidades que no permite que concurran dos o más unidades pertenecientes a un mismo centro.

Documentación a presentar por los centros

La solicitud será cumplimentada y presentada íntegramente a través de la aplicación telemática habilitada por la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación. La aplicación telemática solicitará, además de los datos relativos a la entidad solicitante, al centro, al director científico y a los investigadores garantes, la memoria de actividades 2011-2015 y el plan estratégico del centro para 2016-2019. Tenga en cuenta que todos los anexos a estos dos últimos se presentarán compilados en dos únicos “documentos de soporte” a la memoria y al plan estratégico, respectivamente.

Además, tanto el Director Científico del centro como el representante legal de la entidad solicitante deberán adjuntar el conjunto de documentos a los que se hace referencia en la convocatoria. Los ficheros que se adjunten deben tener formato PDF y no superar el tamaño de 4 Mb. Los nombres de dichos ficheros no pueden tener más de 45 caracteres, incluida la extensión, y no deben contener acento, espacios, puntos ni otros signos distintos de las letras, números o guiones.

A continuación se indican los documentos que debe adjuntar el Director Científico:

a) Documentos a presentar en lengua inglesa, y que son parte integrante de la solicitud de «Centros de Excelencia Severo Ochoa»:

  • Curriculum vitae abreviado (CVA) del director científico y de los investigadores garantes, con una extensión máxima de cuatro páginas, que se presentará necesariamente en el formato disponible en el apartado “información relacionada”. Para los usuarios del CVN (Curriculum vitae Normalizado) el editor de CVN permite generar el CVA adaptado al modelo exigido. No obstante, el investigador deberá comprobar que el CVA generado cumple los requisitos de formato y extensión (máximo 4 páginas) señalados en la convocatoria. Estos documentos se corresponden con los documentos denominados “Scientific Director CV” and “Garante Researchers’ CVs” en la aplicación telemática.
  • Los cálculos realizados para la obtención del impacto normalizado del director científico y de los investigadores garantes. Este documento se corresponde con el documento denominado “Calculations of normalized impact of researchers and scientific director" en la aplicación telemática.
  • La documentación soporte de la memoria de actividades 2011-2015, que se cumplimentará necesariamente en el formato disponible en el apartado “información relacionada”, y que compila todos los doumentos que se citan en la sección 7 de la aplicación telemática. Una vez cumplimentado, deberá guardarse con el nombre de “Annex 1. Supporting 2011-2015", seguido del acrónimo del centro, e incorporarse en la aplicación telemática bajo el tipo de documento “Other documents/Otros documentos”.
  • La documentación soporte del plan estratégico 2016-2019, que se cumplimentará necesariamente en el formato disponible en el apartado “información relacionada”, y que compila todos los documentos que se citan en la sección 8 de la aplicación telemática. Una vez cumplimentado, deberá guardarse con el nombre de “Annex 2. Supporting 2016-2019”, seguido del acrónimo del centro, e incorporarse en la aplicación telemática bajo el tipo de documento “Other documents/Otros documentos”.
  • Solamente para centros distinguidos como «Centros de Excelencia Severo Ochoa» en la convocatoria de 2011. Estos Centros presentarán, en formato libre:
    • El avance del informe final de seguimiento científico-técnico, incluyendo el cumplimiento de los objetivos referidos al programa de investigación y de recursos humanos y la consecución de los indicadores incluidos en el plan de seguimiento y evaluación presentados en su momento. Este documento debe guardarse con la denominación “Annex a) Scientific Report Severo Ochoa 2011", seguido del acrónimo de su centro,  e incorporarse en la aplicación telemática bajo el tipo de documento “Other documents/Otros documentos”.
    • Las tablas y gráficos asociados al mencionado informe final de seguimiento. Este documento debe guardarse con la denominación “Annex b) “Severo Ochoa 2011 tables and figures”, seguido del acrónimo de su centro , e incorporarse en la aplicación telemática bajo el tipo de documento “Other documents/Otros documentos”.
    • Los informes individuales sobre la ejecución hasta el momento de cada uno de los investigadores garantes, elaborados y firmados por dichos investigadores garantes. Solamente para centros distinguidos como «Centros de Excelencia Severo Ochoa» en la convocatoria de 2011. Este documento debe guardarse con la denominación “Annex c) “Severo Ochoa 2011 garantes’ reports", seguido del acrónimo de su centro, e incorporarse en la aplicación telemática bajo el tipo de documento “Other documents/Otros documentos”.

b) Documentos a presentar en español, que deben acompañar a la solicitud:

  • Documentación acreditativa de la constitución del centro.
  • Acreditación de la vinculación laboral con la entidad solicitante del director científico y de los investigadores garantes
  • Documentación acreditativa de las unidades administrativa, gerencial y directiva, incluyendo nombramiento y dedicación de los responsables, que se corresponde con el documento denominado “Nombramiento y dedicación del personal gerencial" en la aplicación telemática.
  • Documento firmado por el director científico y los investigadores garantes en el que muestren su conformidad con la solicitud presentada, manifestando su compromiso con la ejecución de las actividades del plan estratégico.

Además, el Representante legal de la entidad solicitante –que deberá estar registrado en el Registro Unificado de Solicitantes (RUS)- después de supervisar la documentación aportada por el director científico, deberá completar la presentación de la solicitud, firmarla electrónicamente y adjuntar, si no lo hubiera hecho antes, los siguientes documentos referidos a la entidad solicitante, y, cuando corresponda, a la entidad asociada:

  • En su caso, datos de la entidad asociada, y de su representante legal, así como consentimiento, firmado por este último, para que dicha entidad participe en la solicitud. La entidad asociada deberá estar registrada en el Sistema de Entidades (SISEN), y su representante legal en el Registro Unificado de Solicitantes (RUS), en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
  • Una declaración responsable en la que se haga constar que la entidad cumple los requisitos establecidos para los organismos de investigación en la Comunicación de la Comisión sobre el Marco de Ayudas Estatales de Investigación, Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01), así como que lleva la contabilidad de los ingresos, costes y financiación de las actividades económicas de la institución diferenciada de la de las actividades no económicas.
  • Una declaración responsable de no hallarse la entidad incursa en ninguno de los supuestos de prohibición de la obtención de la condición de beneficiario establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Dicha declaración responsable hará mención expresa de no estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en la letra b) del artículo 13.2 de dicha ley, en la forma prevista en el artículo 26 del reglamento de desarrollo de la ley citada.
  • Una declaración responsable expresa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones, de no haber recibido subvenciones concurrentes incompatibles con las ayudas reguladas por la presente convocatoria. Esta declaración expresa deberá llevarse a cabo en el momento de presentar la solicitud o en cualquier momento ulterior en que se produzca esta circunstancia.
  • Una declaración responsable de que, en caso de que las actuaciones objeto de subvención lo requieran, previamente a la ejecución de las mismas, se dispondrá de los informes de sostenibilidad ambiental preceptivos.
  • Certificados, expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse la entidad al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Si el beneficiario no está obligado a presentar dichos certificados, su cumplimiento se acreditará mediante declaración responsable. Se trata de documentos optativos, solamente exigibles si la entidad solicitante denegase expresamente al órgano concedente para obtenerlos por sí mismo.

Documentación a presentar por las unidades

La solicitud será cumplimentada y presentada íntegramente a través de la aplicación telemática habilitada por la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación. La aplicación telemática solicitará, además de los datos relativos a la entidad solicitante, a la unidad, al director científico y a los investigadores garantes, la memoria de actividades 2011-2015 y el programa estratégico de investigación de la unidad para 2016-2019. Tenga en cuenta que todos los anexos a estos dos últimos se presentarán compilados en dos únicos “documentos de soporte” a la memoria y al programa estratégico de investigación, respectivamente.

Además, tanto el Director Científico del centro como el representante legal de la entidad solicitante deberán adjuntar el conjunto de documentos a los que se hace referencia en la convocatoria. Los ficheros que se adjunten deben tener formato PDF y no superar el tamaño de 4 Mb. Los nombres de dichos ficheros no pueden tener más de 45 caracteres, incluida la extensión, y no deben contener acento, espacios, puntos ni otros signos distintos de las letras, números o guiones.

A continuación se indican los documentos que debe adjuntar el Director Científico:

a) Documentos a presentar en lengua inglesa, y que son parte integrante de la solicitud de «Unidades de Excelencia María de Maeztu»:

  • Curriculum vitae abreviado(CVA) del director científico y de los investigadores garantes, con una extensión máxima de cuatro páginas, que se presentará necesariamente en el formato disponible en el apartado “información relacionada”. Para los usuarios del CVN (Curriculum vitae Normalizado) el editor de CVN permite generar el CVA adaptado al modelo exigido. No obstante, el investigador deberá comprobar que el CVA generado cumple los requisitos de formato y extensión (máximo 4 páginas) señalados en la convocatoria. Estos documentos se corresponden con los documentos denominados “Scientific Director CV” and “Garante Researchers’ CVs” en la aplicación telemática.
  • Los cálculos realizados para la obtención del impacto normalizado del director científico y de los investigadores garantes. Este documento se corresponde con el documento denominado “Calculations of normalized impact of researchers and scientific director" en la aplicación telemática.
  • La documentación soporte de la memoria de actividades 2011-2015, que se cumplimentará necesariamente en el formato disponible en el apartado “información relacionada”, y que compila todos los documentos que se citan en la sección 7 de la aplicación telemática. Una vez cumplimentado, deberá guardarse con el nombre de “Annex 1. Supporting 2011-2015", seguido del acrónimo del centro, e incorporarse en la aplicación telemática bajo el tipo de documento “Other documents/Otros documentos”.
  • La documentación soporte del programa estratégico de investigación 2016-2019, que se cumplimentará necesariamente en el formato disponible en el apartado “información relacionada”, y que compila todos los documentos que se citan en la sección 8 de la aplicación telemática. Una vez cumplimentado, deberá guardarse con el nombre “Annex 2. Supporting 2016-2019” en la aplicación telemática.

b) Documentos a presentar en español, que deben acompañar a la solicitud:

  • Reconocimiento o aprobación de la unidad por los órganos de gobierno de la entidad solicitante con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, que se corresponde con el documento denominado “Aprobación/reconocimiento de la Unidad " en la aplicación telemática.
  • Acreditación de la vinculación laboral con la entidad solicitante del director científico y de los investigadores garantes
  • Documento firmado por el director científico y los investigadores garantes en el que muestren su conformidad con la solicitud presentada, manifestando su compromiso con la ejecución de las actividades del programa estratégico de investigación.

Además, el Representante legal de la entidad solicitante –que deberá estar registrado en el Registro Unificado de Solicitantes (RUS)- después de supervisar la documentación aportada por el director científico, deberá completar la presentación de la solicitud, firmarla electrónicamente y adjuntar, si no lo hubiera hecho antes, los siguientes documentos referidos a la entidad solicitante, y, cuando corresponda, a la entidad asociada:

  • En su caso, datos de la entidad asociada, y de su representante legal, así como consentimiento, firmado por este último, para que dicha entidad participe en la solicitud. La entidad asociada deberá estar registrada en el Sistema de Entidades (SISEN), y su representante legal en el Registro Unificado de Solicitantes (RUS), en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
  • Una declaración responsable en la que se haga constar que la entidad cumple los requisitos establecidos para los organismos de investigación en la Comunicación de la Comisión sobre el Marco de Ayudas Estatales de Investigación, Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01), así como que lleva los ingresos, costes y financiación de las actividades económicas de la institución diferenciados de las actividades no económicas.
  • Una declaración responsable de no hallarse la entidad incursa en ninguno de los supuestos de prohibición de la obtención de la condición de beneficiario establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Dicha declaración responsable hará mención expresa de no estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en la letra b) del artículo 13.2 de dicha ley, en la forma prevista en el artículo 26 del reglamento de desarrollo de la ley citada.
  • Una declaración responsable expresa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones, de no haber recibido subvenciones concurrentes incompatibles con las ayudas reguladas por la presente convocatoria. Esta declaración expresa deberá llevarse a cabo en el momento de presentar la solicitud o en cualquier momento ulterior en que se produzca esta circunstancia.
  • Una declaración responsable de que, en caso de que las actuaciones objeto de subvención lo requieran, previamente a la ejecución de las mismas, se dispondrá de los informes de sostenibilidad ambiental preceptivos.
  • Certificados, expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse la entidad al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Si el beneficiario no está obligado a presentar dichos certificados, su cumplimiento se acreditará mediante declaración responsable. Se trata de documentos optativos, solamente exigibles si la entidad solicitante denegase expresamente al órgano concedente para obtenerlos por sí mismo.

 

Presentación de solicitudes

IMPORTANTE: Antes de iniciar la cumplimentación en la aplicación telemática, debe considerar detenidamente si solicita la acreditación como Centro o como Unidad.

Las solicitudes que no cumplan los requisitos exigidos para la opción escogida serán excluidas.

Se aconseja leer detenidamente los dos apartados anteriores. Las definiciones y requisitos para los centros y unidades se señalan en el apartado “características de la convocatoria”, así como en el artículo 5.b), 5.c), 8 y 16 de la convocatoria.

Además, le será de utilidad leer las notas explicativas en los documentos “Contenido de la solicitud de centros Severo Ochoa” o “Contenido de la solicitud de unidades María de Maeztu” del apartado Información relacionada.

Las solicitudes serán tramitadas íntegramente a través de las aplicaciones telemáticas habilitadas por la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación (ver apartado “información relacionada”). Antes de acceder a dichas aplicaciones, asegúrese de estar dado de alta en el Registro Unificado de Solicitantes (RUS).

Información relacionada

Subsanación de las solicitudes de Centros y Unidades

Una vez revisadas las solicitudes de Centros y Unidades presentadas, se publica en la sede electrónica la relación de las que deben ser subsanadas.

La información detallada sobre la subsanación está disponible en la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@). En ella podrá encontrar la notificación individualizada, donde se indican las faltas o errores a subsanar, así como las observaciones pertinentes.

En la sección “información relacionada” podrá encontrar el modelo y las instrucciones para el caso de que le sea requerido un cambio de “investigador garante”.

La subsanación debe realizarse, a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@) ubicada en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en un plazo de 10 días desde el día siguiente al de su publicación en la sede. De no hacerlo en dicho plazo se considerará desistida la solicitud.

Recuerde que además de incluir los documentos a través de la Carpeta Virtual de Expedientes debe presentarlos mediante firma electrónica del representante legal de la entidad solicitante, todo ello dentro del plazo establecido.

El plazo de subsanación finaliza el día 30 de septiembre de 2015.

Propuesta de resolución provisional

Una vez realizada la evaluación científico técnica de las solicitudes y reunida la comisión de evaluación, se publica la propuesta de resolución provisional, en la que se detallan los centros y unidades propuestos para ser acreditados como centros de excelencia Severo Ochoa o como unidades de excelencia María de Maeztu. Asimismo, se indican las ayudas propuestas para su concesión.

La información individualizada (incluido el informe de evaluación del Comité Científico) estará disponible en la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@).

Las entidades solicitantes disponen de un plazo de 10 días para manifestar su aceptación o formular las alegaciones que estimen oportunas.

Tanto la aceptación como la formulación de alegaciones deben realizarse por el director científico, con la firma electrónica del representante legal de la entidad, a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@), todo ello dentro del plazo establecido.

El plazo finaliza el 6 de noviembre de 2015.

Resolución de concesión

(Fecha de publicación: 18 de diciembre de 2015)

Se publica en la sede electrónica el texto de la Resolución de concesión de las ayudas y de las acreditaciones para Centros de excelencia «Severo Ochoa» y Unidades de excelencia «María de Maeztu» 2015, y sus anexos I y II.

En los próximos días se actualizará el contenido de la carpeta virtual de expedientes-Facilit@ para incluir la información resultante de esta resolución de concesión.

Información relacionada